Proyecto de Fusión

ON DEMAND FACILITIES, S.L.U. (Sociedad Absorbente)
ASAL DE ENERGIA, S.L.U. (Sociedad Absorbida)

En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 32, 39 y 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, comunicamos que se hace público, mediante la inserción del presente anuncio en la página web de ambas sociedades, el PROYECTO COMÚN DE FUSIÓN de ASAL DE ENERGIA, S.L.U., con NIF B-06688568 que será absorbida por ON DEMAN FACILITIES, S.L.U.,  con NIF B-91405084, redactado y suscrito por los administradores de las dos sociedades con fecha 1 de abril de de 2022.

​La fusión supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente del patrimonio social de la Sociedad Absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna, y con extinción vía disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, todo ello con arreglo a los balances cerrados a 31 de diciembre de 2021 y a lo establecido en el Proyecto de Fusión que se publica con el presente anuncio.

La fusión se tramitara atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, al tratarse de la absorción de una sociedad íntegramente participada. En consecuencia, no resulta necesaria para esta fusión la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2º, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la citada Ley 3/2009, los informes de administradores y expertos sobre el proyecto de fusión, el aumento de capital de la Sociedad Absorbente y la aprobación de la fusión por la junta general de la Sociedad Absorbida.

De conformidad con el citado artículo 51.1 de la Ley 3/2009, tampoco resulta necesaria la aprobación de la fusión por la junta general de la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios de la Sociedad Absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión, de examinar en el domicilio social de cada una de las sociedades: ASAL DE ENERGIA, S.L.U.: Avda. De a Rua,2-1º-06200-Almendralejo (Badajoz) y ON DEMAND FACILITIES. S.L.U.: Avda. Diego Martínez Barrios, 10, P.L. 2, Mod. 2.1-41013-Sevilla, los documentos indicados en los números 1º y 4º, del apartado 1 del artículo 39, así como a obtener, mediante la descarga e impresión desde la página web, en los términos previstos en el artículo 32, la entrega o el texto íntegro de los mismos.

No ha de efectuarse informe de experto independiente al tratarse de absorción de sociedad íntegramente participada.

También, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de la Sociedad Absorbente cuyos créditos no se encuentren suficientemente garantizados, a oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 51 de la Ley 3/2009, se hace constar el carácter de unipersonalidad de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, a los efectos de preceptuado en dicho texto legal, en relación con el derecho de los socios a exigir la celebración de la junta para la aprobación de la fusión.

Se sigue a continuación el contenido del proyecto común de fusión y la preceptiva documentación. (descargar)

En Sevilla, a 25 de febrero de 2022.

ASAL